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Cambios en la normativa para agilizar la puesta en marcha de estaciones de recarga en España

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Cargadores ultra rápidos en Europa

La normativa actual tiene bloqueadas en torno a 200 estaciones de recarga ya instaladas

Una de las grandes críticas por parte de la mayoría de usuarios de coches eléctricos, o futuros usuarios es la presumible escasa red de estaciones de recarga que hay distribuidas en España, algo que ofrece dudas y medios.

Es cierto que a día de hoy el ritmo de instalaciones de estaciones de recarga es muy superior al de ventas de vehículos eléctricos, es decir está creciendo más la infraestructura que la adopción al vehículo eléctrico.

Eso es sin duda una noticia excelente, pero los operadores de estaciones de recarga tienen un problema serio para ampliar su red estaciones de recarga y no es otra que la burocracia existente en España, una burocracia que hace que se ralentice la puesta en marcha y que en muchos de los casos se alarga hasta los 6 meses o 1 año a pesar de que el punto de recarga está instalado y listo para ser usado.

Este gran problema podría ver la luz, y es que el Gobierno prepara cambios regulatorios que agilicen los trámites relacionados con estos temas.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana está perfilando estos cambios a través de una Orden Ministerial para que se simplifiquen las exigencias para obtener las autorizaciones de los puntos de recarga en las vías de gran capacidad y convencionales del Estado.

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La norma en cuestión modifica la Orden 16 de diciembre de 1997, por la que se regulan los accesos a las carreteras del Estado, las vías de servicio y la construcción de instalaciones de servicio.

El Economista ha tenido acceso a este nuevo documento, donde se puede leer lo siguiente:

“Mediante la alternativa incorporada se exime de la obligación de elevar el contrato a público y la acreditación de la titularidad de la instalación principal cuando ésta tenga acceso directo a una vía de titularidad estatal o en cualquier otro caso en que ocupe el dominio público, reduciendo las cargas administrativas del procedimiento y el plazo de resolución del expediente y por tanto, impulsando el despliegue de la red de puntos de recarga eléctrica en el ámbito de la red de carreteras del Estado. Se habilita una vía más sencilla para que el interesado acredite que el titular de la autorización de la instalación principal ostenta esta condición y además está conforme con la actuación solicitada.”

Apasionado de la tecnología, coches eléctricos, de los avances de la humanidad y de la energía sostenible. Me encanta compartir mi punto de vista con los demás.

1 COMENTARIO

  1. Las normativas deben de estar para regular y asegurar instalaciones bien realizadas y sin riesgos para las personas, otra cosa es la burocracia ineficiente que ralentiza sus tramites en perjuicio de los usuarios y de las empresas que han realizado una importante inversión para dar un servicio publico y obtener una rentabilidad.

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